Concepto salarial cuya finalidad es conservar o atraer al servicio de la Universidad, al personal administrativo que resulte conveniente a los intereses de la Institución.


Información General

I. Requisitos para optar por el incentivo
Para optar por el recurso de remuneración extraordinaria, debe presentarse alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que por la índole de las funciones y responsabilidades del puesto se requiere urgentemente personal profesional o técnico muy calificado.
  • Que por lo reducido de la oferta en el mercado de trabajo exista dificultad para reclutar y seleccionar a personas en determinada especialidad.

Además, se debe contar con nombramiento en propiedad o a plazo fijo, y poseer una jornada de tiempo completo.

La remuneración extraordinaria se calcula como un porcentaje del salario base, el cual será determinado por el Rector hasta por un máximo del 30%.

II. Procedimiento para solicitar el incentivo
El interesado, con el aval de la jefatura de su Unidad de Trabajo, debe presentar su solicitud y justificación ante la Rectoría.
Dicha solicitud es remitida por la Rectoría, ante la Vicerrectoría de Administración, para que, con el asesoramiento técnico de la Oficina de Recursos Humanos, se realice el estudio respectivo y se brinden las recomendaciones en relación con la adjudicación del incentivo.
La persona funcionaria que se le apruebe este concepto de pago, deberá suscribir con la Universidad un contrato por un período máximo de un año.

La persona interesada podrá solicitar prórroga de su contrato, por periodos iguales y en las mismas condiciones, por lo menos dos meses antes de la fecha de vencimiento.

ESTE PROCESO SE ENCUENTRA REGULADO EN LA SIGUIENTE NORMATIVA:

a) Reglamento del Sistema de Administración de Salarios de la Universidad de Costa Rica. En el Capítulo IX.